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LA DENUNCIA CONTRA KEIKO POR CRIMEN ORGANIZADO EN LA PUERTA DEL HORNO

Si la selección peruana está muy cerca de llegar al Mundial, ¿por qué no confiar en que el Poder Judicial nos traerá otra alegría?

Publicado: 2017-10-01

La Fiscalía anunció que denunciará a la hija del condenado ex presidente Alberto Fujimori por presuntamente haber sido parte una organización criminal que lavó dinero en campaña. 

Tras analizar los indicios, la Fiscalía señaló que la pesquisa que se le sigue a Keiko y a su esposo, Mark Vito Villanella, se investigue bajo la Ley de Crimen Organizado (Ley 30077). La definición de una organización criminal es esta: "Cualquier agrupación de tres o más personas que se reparten diversas tareas o funciones que se crea, existe o funciona, inequívoca y directamente, de manera concertada y coordinada, con la finalidad de cometer uno o más delitos graves señalados en el artículo 3 de la presente Ley". Uno de esos delitos graves es el lavado de activos, delito por el que son investigados Keiko y su esposo.

Así pues, una organización criminal no es lo mismo que una banda, como lo explica el Ministerio Público. Por ejemplo, los carteristas de la avenida Aviación no son lo mismo que la red Orellana. Las bandas son de menor envergadura y no tienen estructuras definidas, ni jerarquía, ni roles establecidos.

El fiscal José Domingo Pérez investiga a Keiko por los posibles aportes ilegales a su partido durante la campaña presidencial. El caso inició porque La República reveló en el 2016 que la entidad estadounidense LVF Liberty Institute "transfirió 65 mil dólares a Fuerza Popular" y nunca más volvió a realizar otro movimiento bancario. El representante de esa empresa dijo que el dinero provenía de la donación de distintas "personas allegadas que desean mantenerse en el anonimato porque no quieren nada a cambio de su donación" (sí, cómo no). La sospecha es que la empresa fue creada sólo para meter dinero sucio y para que luego esta la deposite como aportes a Fuerza Popular.

El semanario Hildebrandt En Sus Trece añade que "el presunto financiamiento de Odebrecht en el 2011 y los informes de la Organización Nacional de Procesos Electorales que revelan la existencia de aportantes fantasmas en dicha elección" también son algunas de las pistas que el fiscal ha tomado en consideración para esta denuncia.

¿Cuántos años le corresponderían en prisión a Keiko y a su esposo si prospera esta denuncia en el Poder Judicial? El Código Penal lo dice: "El que constituya, promueva o integre una organización de dos o más personas destinada a cometer delitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años". Pero, si esa organización comete el delito de lavado de activos, la pena es de "no menor de ocho ni mayor de quince años". Si la selección peruana está muy cerca de llegar al Mundial, ¿por qué no confiar en que el Poder Judicial nos traerá otra alegría?


Escrito por

Alejandra Pato Villena

Rocker Cine Star


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Alejandra Pato Villena

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